SERVICIO COMUNITARIO ESTUDIANTIL
UCSAR
La Universidad Católica Santa Rosa cumpliendo con lo expresado en la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, entiende el servicio comunitario como un programa de carácter permanente y obligatorio, en tanto constituye un requisito que todo estudiante de pregrado debe cumplir, cuya duración debe ser mínimo de 120 horas y realizado después de aprobar al menos el 50% de la carga académica de la carrera. De igual manera, cumple con el Artículo 135 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que señala “…Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión, tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley.”
Ahora bien, las actividades que promueve el servicio comunitario UCSAR las concebimos vinculadas con las funciones propias del ámbito universitario, docencia investigación y extensión, y asociadas a lineamientos expresados por el Vicerrectorado Académico en el Programa de Apoyo al Desempeño Estudiantil; a las Facultades, debido a que el Estatuto Orgánico de la UCSAR incluye entre sus funciones realizar actividades de extensión; a la División de Admisión y Control de Estudios (DACE), adscrita a la Secretaría, en tanto registra la inscripción estudiantil, establece los controles y mecanismos administrativos y de información al respecto y, a una coordinación que planifica, coordina y aplica acciones que garanticen la formación comunitaria estudiantil.